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Salas Amigas de la Familia Lactante en Colombia: qué exige la nueva Resolución y cómo preparar a tu empresa.

hace 6 horas
7 min de lectura

La lactancia materna no termina cuando una mujer regresa al trabajo. Por eso, contar con una Sala Amiga de la Familia Lactante del Entorno Laboral no debería entenderse únicamente como disponer de un espacio con una silla y un refrigerador. Hoy, la normativa colombiana plantea una estrategia que involucra infraestructura, capacitación, responsables, registros, difusión y seguimiento.


En 2026 entró en vigencia la Resolución 0610 de 2026 del Ministerio de Salud y Protección Social, que establece los parámetros técnicos para la operación de estas salas y deroga la Resolución 2423 de 2018. MinSalud Resolucion 00610 del 2026(1)

Para las empresas, esto significa que implementar una sala de lactancia requiere mucho más que comprar equipos: es necesario organizar correctamente su operación y contar con evidencia de que la estrategia realmente funciona.


En TetaMamá acompañamos a empresas e instituciones en este proceso: capacitamos a sus equipos, certificamos la formación realizada por el personal y acompañamos la implementación de las Salas Amigas de la Familia Lactante, desde la preparación hasta la organización de los procesos necesarios para su funcionamiento.


¿Qué es una Sala Amiga de la Familia Lactante del Entorno Laboral?


Es un espacio destinado a que las mujeres en periodo de lactancia puedan extraer y conservar su leche materna durante la jornada laboral, en condiciones adecuadas de privacidad, higiene, seguridad y bienestar.


La Ley 1823 de 2017 estableció la estrategia para entidades públicas y empresas privadas y determinó que estos espacios deben permitir la extracción y conservación de la leche materna bajo condiciones técnicas de seguridad.


La normativa más reciente mantiene esta estrategia y precisa sus condiciones de operación. La Resolución 0610 de 2026 establece que las salas deben cumplir parámetros técnicos de operación, higiene, salubridad y dotación mínima, que además sirven como referencia para las actividades de inspección, vigilancia y control.


¿Qué empresas deben implementar una Sala Amiga?


La Ley 1823 de 2017 estableció la obligación para las entidades públicas y para determinadas empresas privadas. En el caso de las empresas privadas, aplica a aquellas con capital igual o superior a 1.500 salarios mínimos legales mensuales vigentes, o con capital inferior a ese monto cuando tengan más de 50 empleadas.

La Resolución 0610 de 2026 mantiene estos criterios para las empresas privadas y señala que las disposiciones también aplican cuando estas empresas implementan modalidades de trabajo híbrido. Además, contempla la implementación en la sede principal y en las sedes que cuenten con más de 50 empleadas.


En el caso de universidades, centros comerciales y otras instituciones, la aplicabilidad debe analizarse de acuerdo con su naturaleza jurídica y las condiciones previstas en la normativa. El propio Ministerio de Salud señaló que, si una universidad o centro comercial cumple los criterios establecidos según su naturaleza jurídica, deberá contar con la Sala Amiga correspondiente.


Tener una sala no es suficiente


Uno de los principales cambios en la forma de entender estas salas es que la normativa no se concentra únicamente en el espacio físico. La empresa debe establecer cómo funcionará la estrategia.


La Resolución 0610 de 2026 contempla, entre otros aspectos:


Un responsable de la Sala Amiga


La empresa debe designar formalmente a una persona responsable de la operación de la estrategia y de la administración del espacio, y esta persona debe estar capacitada en lactancia materna y en el funcionamiento de las Salas Amigas.


Esto significa que no basta con entregar las llaves de la sala a alguien del área administrativa. Esa persona debe saber qué implica administrar el espacio y cómo garantizar su correcta operación.


Un plan de capacitación


La empresa debe elaborar e implementar un plan de capacitación dirigido a familias gestantes y lactantes.

La normativa establece contenidos mínimos relacionados con beneficios de la lactancia, técnicas de amamantamiento, extracción, conservación, transporte y suministro de leche humana, alimentación complementaria, riesgos de la alimentación artificial y normas relacionadas con maternidad, paternidad, lactancia y derechos sexuales y reproductivos.


Además, el plan debe contemplar la participación del padre o la familia y ejecutarse al menos tres veces al año, dejando registros y soportes de las actividades realizadas.

La capacitación también hace parte del cumplimiento


Este es uno de los puntos que muchas empresas pasan por alto. La Sala Amiga no funciona de manera aislada. Los trabajadores deben conocer que existe, cómo funciona y por qué es importante.


La Resolución 0610 establece que la estrategia debe incorporarse en los procesos de inducción y reinducción y que debe difundirse mediante los mecanismos internos de comunicación de la empresa.


A esto se suma la Ley 2458 de 2025, que fortaleció el marco de promoción y apoyo a la lactancia materna. Esta ley contempla la formación y mecanismos de certificación en competencias relacionadas con la promoción, protección y apoyo a la lactancia materna, incluyendo modalidades presencial y virtual.


La misma ley establece que la promoción de la lactancia en el entorno laboral debe realizarse mediante capacitaciones o difusión de información a empleados, proveedores o clientes, incluyendo información sobre las salas amigas, las redes de apoyo y los grupos de apoyo a la lactancia.


Por eso, formar al personal no es simplemente una actividad adicional: es parte de construir una estrategia de lactancia que pueda mantenerse en el tiempo.


¿Cómo debe ser el espacio?


La Sala Amiga debe ser un espacio privado, limpio, ordenado y exclusivo para la extracción y conservación de la leche materna. También debe estar señalizado.


La resolución establece requisitos relacionados con:

- localización y privacidad;

- ventilación e iluminación;

- pisos, paredes y superficies;

- lavamanos y elementos para higiene de manos;

- mesa o mesón de apoyo;

- instalaciones eléctricas;

- sillas con espaldar y apoyabrazos;

- canecas adecuadas;

- refrigeración y congelación;

- termómetro digital;

- insumos para el uso de la sala;

- procedimientos de limpieza y desinfección.


Las dimensiones tampoco responden a una medida única para todas las empresas. El Ministerio de Salud aclaró que el espacio debe dimensionarse de acuerdo con el número de trabajadoras lactantes que la entidad estime, de manera que resulte cómodo, limpio y ordenado para la extracción y conservación de la leche materna.


También se deben llevar registros


Aquí aparece otro aspecto fundamental de la nueva reglamentación: lo que la empresa hace debe poder demostrarse.


La Resolución 0610 contempla formatos y registros para el funcionamiento de la sala, entre ellos:


Registro diario de limpieza y desinfección, registro de uso de la sala y registro de temperaturas de refrigeración y congelación, además de los documentos relacionados con los procesos de la estrategia.

El anexo técnico establece además criterios específicos para verificar estos aspectos durante las visitas de acompañamiento técnico y seguimiento.

Esto cambia completamente la perspectiva: una sala puede estar muy bien diseñada físicamente y, aun así, presentar dificultades si la empresa no tiene organizada su documentación, sus responsables, sus capacitaciones y sus registros.


¿Qué ocurre después de implementar la sala?


Una vez implementados y cumplidos los requisitos, la empresa debe realizar la inscripción de la Sala Amiga ante la Secretaría de Salud del municipio o distrito donde se encuentre ubicada.

La Resolución 0610 establece que la autoridad debe emitir el soporte de inscripción en un plazo máximo de 10 días hábiles y posteriormente realizar una visita de verificación, dentro de un plazo máximo de dos meses, conforme a los criterios establecidos en el anexo técnico.

El Ministerio de Salud también señaló que la vigilancia y el control corresponden a las Secretarías de Salud municipales y distritales, o a quien haga sus veces.

Una sala de lactancia necesita una estrategia, no solamente infraestructura


Esta es la diferencia entre tener un espacio y tener una Sala Amiga de la Familia Lactante correctamente implementada. La estrategia incluye personas capacitadas, protocolos, cronogramas, registros, difusión, condiciones de higiene, dotación, mantenimiento y seguimiento.


Además, la Ley 2458 de 2025 establece que la instalación de estas salas debe realizarse en espacios que garanticen salubridad, dotación mínima, dignidad y protección de la madre y del menor, y señala expresamente que una Sala Amiga no puede estar ubicada dentro de los servicios sanitarios.

En TetaMamá acompañamos a las empresas en todo el proceso


En TetaMamá entendemos que implementar una Sala Amiga puede convertirse en un proceso complejo cuando la empresa debe coordinar infraestructura, talento humano, capacitación, documentación y operación.

Por eso desarrollamos acompañamiento para empresas e instituciones que necesitan implementar o actualizar su Sala Amiga de la Familia Lactante.


Nuestro trabajo puede incluir:


Capacitación del personal

Diseñamos y desarrollamos procesos de formación para los equipos de la empresa, incluyendo al personal responsable de la Sala Amiga y a quienes participan en su operación.


Certificación de la formación

Entregamos certificación de la formación realizada por el personal capacitado, como soporte del proceso formativo desarrollado con TetaMamá.


Acompañamiento para la implementación

Acompañamos a la empresa en la organización de los diferentes componentes necesarios para poner en funcionamiento la estrategia, teniendo en cuenta los parámetros establecidos en la Resolución 0610 de 2026.


Organización de la estrategia documental

Apoyamos la estructuración de planes, cronogramas, procedimientos y registros necesarios para el funcionamiento y seguimiento de la Sala Amiga.


Formación para familias gestantes y lactantes

Desarrollamos capacitaciones dirigidas a las familias, teniendo en cuenta los contenidos establecidos por la normativa y las necesidades reales de las trabajadoras.


Actualización de salas existentes

Las empresas que ya cuentan con una Sala Amiga también deben revisar su funcionamiento. La Resolución 0610 de 2026 estableció un plazo de transición de tres meses para que las salas existentes adoptaran las disposiciones del nuevo acto administrativo.


Implementar correctamente también es cuidar a las trabajadoras


Una Sala Amiga no debería convertirse en un espacio que simplemente exista porque la empresa debe cumplir una norma. Debe ser un lugar donde una mujer pueda extraer su leche con tranquilidad, privacidad y condiciones adecuadas. Y para que esto sea posible, la empresa necesita algo más que infraestructura: necesita personas preparadas, procesos claros y una estrategia que realmente funcione.


En TetaMamá trabajamos con empresas e instituciones que quieren avanzar en la implementación, capacitación, certificación y acompañamiento de sus Salas Amigas de la Familia Lactante, con un enfoque centrado en la lactancia y en las necesidades reales de las familias.


¿Tu empresa ya tiene una Sala Amiga o está comenzando a implementarla? En TetaMamá podemos acompañarte en el proceso.

 
 
 

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